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Dirección PDF

 

M.C. Dora Luz Arriaga Soto 


Función:

Es la máxima autoridad en el Instituto. A ella le corresponde el establecimiento de las políticas, lineamientos y procedimientos de las actividades académicas, disposiciones administrativas y de extensión, de conformidad a las disposiciones de la Dirección General de Educación Superior Tecnológica.
 
1.
Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades de planeación, vinculación, académicas y administrativas del Instituto Tecnológico de conformidad con los objetivos, políticas y lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública.
 
2.
Dirigir la elaboración del programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto del Instituto Tecnológico con base en los lineamientos establecidos para tal fin y proponerlos a la Dirección General para su autorización.
 
3.
Proponer a la Direccón General de Institutos Tecnológicos, la organización del Instituto, así como modificaciones a los sistemas y procedimientos que coadyuven al cumplimiento de los objetivos del mismo.
 
4.
Dirigir y controlar la integración y administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto Tecnológico, de conformidad con la normatividad vigente.
 
5.
Dirigir y controlar la aplicación de los planes y programas de estudio, apoyos didácticos y técnicas e instrumentos para la evaluación del aprendizaje en el Instituto Tecnológico conforme a los lineamientos técnicos y metodológicos establecidos por la Dirección General de Institutos Tecnológicos.
 
6.

Dirigir y controlar el desarrollo de los proyectos de investigación científica y tecnológica en el Instituto de acuerdo a los lineamientos técnicos y metodológicos establecidos por la Dirección General de Institutos Tecnológicos.

 
7.

Promover y dirigir el desarrollo de las actividades de vinculación del Instituto Tecnológico con el sector productivo de bienes y servicios de la región.

 
8.

Promover y dirigir el desarrollo de las actividades cívicas, sociales, culturales, deportivas y recreativas del Instituto Tecnológico, así como las de vinculación y orientación educativas.

 
9.

Dirigir y supervisar el sistema de control escolar del Instituto Tecnológico, conforme a las normas y procedimientos establecidos.

 
10.

Dirigir y controlar la prestación de los servicios asistenciales del Instituto Tecnológico de acuerdo con los lineamientos establecidos.

 
11.

Promover la difusión de las normas y lineamientos que regulen el funcionamiento del Instituto Tecnológico en las áreas del mismo y vigilar su aplicación.

 
12.
Informar del funcionamiento del Instituto a la Dirección General de Institutos Tecnológicos en los términos y plazos establecidos.